OBLIGACIÓN DE INFORMAR AL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE VECINOS LA VENTA DE UNO DE LOS INMUEBLES

PREGUNTA:  Mi esposa y yo acabamos de vender un inmueble, ¿existe la obligación de comunicárselo al Presidente o al Secretario de la Comunidad de Vecinos?.

 

A esta pregunta debemos responder de modo afirmativo, sí!. La Ley de Propiedad Horizontal establece la obligación de los propietarios de inmuebles de una edificación de comunicar al secretario de la Comunidad de Vecinos el hecho de la venta del inmueble así como a facilitarle los datos del nuevo propietario.

 

Si se obviara esta obligación, surgirían serios problemas, ya que,  en el caso de que el nuevo adquierente, comprador, dejara impagadas las cuotas de la comunidad, respondería el vendedor del inmueble de modo subsidiario.

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